Nuevo servicio para los abogados: Mesa de entradas complementaria de la SRT en los Tribunales Provinciales

Ubicada en el segundo piso de los Tribunales Provinciales (por calle moreno), podrán de 8 a 14.45 hs formular presentaciones y consultas pertinentes del mismo modo que lo hacen en la Comisión Médica N° 7


Nuevo servicio para la Abogacía
Mesa de entradas complementaria de la SRT en los Tribunales Provinciales.

 

 

Ubicación: Segundo piso de los Tribunales Provinciales (por calle moreno).

Horarios de Atención: De 8 a 14.45 hs

Se podrá: Formular presentaciones y consultas pertinentes del mismo modo que lo hacen en la Comisión Médica N° 7.

Mas servicios, más gestión.

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Las presentaciones que pueden hacerse en la nueva mesa complementaria de la SRT en Tribunales son:

-Apertura de expedientes presencial:
• Reingreso a tratamiento (correspondiente a la Resolución 179).
• Rechazo de la contingencia: rechazo de accidentes como de enfermedades listadas, correspondiente a la resolución 298
• Rechazo de enfermedades no listadas correspondiente a la resolución 298

-Consultas generales

-Firma de carta poder (presentarse con el damnificado)

Requisitos para los trámites:

EVALUAR SI CORRESPONDE EL RECHAZO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL NO LISTADA
¿Qué necesito?
Copia del DNI.
Denuncia de siniestro ante la ART/EA.

Copia de la carta de rechazo emitida por la ART/EA.
Petición fundada que contenga diagnóstico, argumentación y constancias sobre la patología denunciada y la exposición a los agentes de riesgo presentes en el trabajo respectivo, con exclusión de la influencia de los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo. Las constancias a presentar podrán ser estudios complementarios sobre el diagnóstico de la enfermedad denunciada y/o descripción de los agentes de riesgo a que estuvo expuesto el trabajador.

ADVERTENCIA: La petición fundada debe ser firmada por médico legista o especialista de la patología que hayas denunciado.
Opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional

En el caso de que se haya optado por el domicilio del DNI: opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada por el trabajador.
En el caso de que se haya optado por el domicilio de empleador deberá completar el Formulario Res. SRT 11/18, o en su defecto, Constancia del Empleador según Res. SRT 698/17.

En el caso de que estés iniciando el trámite en una provincia adherida a la ley 27.348 será necesario que cuentes con un letrado patrocinante y aportes:
Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador).
Matrícula del letrado patrocinante y copia del DI del letrado patrocinante.

IMPORTANTE: Recorda que en las provincias adheridas a la ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación letrada y acreditarla en el expediente.

EVALUAR SI CORRESPONDE EL RECHAZO DEL ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL
¿Qué necesito?
Copia del DNI
Denuncia del siniestro ante la ART/EA.
Copia de la Carta de Rechazo emitida por la ART/EA.

Opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional
En el caso de que se haya optado por el domicilio del DNI: opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada por el trabajador.

En el caso de que se haya optado por el domicilio de empleador, deberá completar el Formulario Res. SRT 11/18, o en su defecto, Constancia del Empleador según Res. SRT 698/17.
Presentación escrita con información personal y del accidente o enfermedad profesional

En el caso de que estés iniciando el trámite en una provincia adherida a la Ley 27.348 será necesario que cuentes con un letrado patrocinante y aportes:
Escrito donde se relaten los hechos, conforme lo establecido en la Res. SRT 899/17, (firmado por el trabajador y el letrado patrocinante). Se podrá prescindir de la firma del trabajador sólo en aquellos casos en los cuales el letrado sea también apoderado y se encuentre debidamente acreditado el apoderamiento.
Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador).

Matrícula del letrado patrocinante y copia del DNI del letrado patrocinante.

IMPORTANTE: Recordá que en las provincias adheridas a la Ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación Iletrada y acreditarla en el expediente. En caso de no contar con uno, podrás solicitarlo ingresando acá. Los honorarios profesionales del abogado estarán a cargo de la ART (Art. 37 Res. SRT 298/2017).

 

 

Colegio de abogados
Nuevo servicio para los abogados: Mesa de entradas complementaria de la SRT en los Tribunales Provinciales

Ubicada en el segundo piso de los Tribunales Provinciales (por calle moreno), podrán de 8 a 14.45 hs formular presentaciones y consultas pertinentes del mismo modo que lo hacen en la Comisión Médica N° 7

Nuevo servicio para la Abogacía
Mesa de entradas complementaria de la SRT en los Tribunales Provinciales.

 

 

Ubicación: Segundo piso de los Tribunales Provinciales (por calle moreno).

Horarios de Atención: De 8 a 14.45 hs

Se podrá: Formular presentaciones y consultas pertinentes del mismo modo que lo hacen en la Comisión Médica N° 7.

Mas servicios, más gestión.

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Las presentaciones que pueden hacerse en la nueva mesa complementaria de la SRT en Tribunales son:

-Apertura de expedientes presencial:
• Reingreso a tratamiento (correspondiente a la Resolución 179).
• Rechazo de la contingencia: rechazo de accidentes como de enfermedades listadas, correspondiente a la resolución 298
• Rechazo de enfermedades no listadas correspondiente a la resolución 298

-Consultas generales

-Firma de carta poder (presentarse con el damnificado)

Requisitos para los trámites:

EVALUAR SI CORRESPONDE EL RECHAZO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL NO LISTADA
¿Qué necesito?
Copia del DNI.
Denuncia de siniestro ante la ART/EA.

Copia de la carta de rechazo emitida por la ART/EA.
Petición fundada que contenga diagnóstico, argumentación y constancias sobre la patología denunciada y la exposición a los agentes de riesgo presentes en el trabajo respectivo, con exclusión de la influencia de los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo. Las constancias a presentar podrán ser estudios complementarios sobre el diagnóstico de la enfermedad denunciada y/o descripción de los agentes de riesgo a que estuvo expuesto el trabajador.

ADVERTENCIA: La petición fundada debe ser firmada por médico legista o especialista de la patología que hayas denunciado.
Opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional

En el caso de que se haya optado por el domicilio del DNI: opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada por el trabajador.
En el caso de que se haya optado por el domicilio de empleador deberá completar el Formulario Res. SRT 11/18, o en su defecto, Constancia del Empleador según Res. SRT 698/17.

En el caso de que estés iniciando el trámite en una provincia adherida a la ley 27.348 será necesario que cuentes con un letrado patrocinante y aportes:
Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador).
Matrícula del letrado patrocinante y copia del DI del letrado patrocinante.

IMPORTANTE: Recorda que en las provincias adheridas a la ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación letrada y acreditarla en el expediente.

EVALUAR SI CORRESPONDE EL RECHAZO DEL ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL
¿Qué necesito?
Copia del DNI
Denuncia del siniestro ante la ART/EA.
Copia de la Carta de Rechazo emitida por la ART/EA.

Opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional
En el caso de que se haya optado por el domicilio del DNI: opción de Comisión Médica Jurisdiccional firmada por el trabajador.

En el caso de que se haya optado por el domicilio de empleador, deberá completar el Formulario Res. SRT 11/18, o en su defecto, Constancia del Empleador según Res. SRT 698/17.
Presentación escrita con información personal y del accidente o enfermedad profesional

En el caso de que estés iniciando el trámite en una provincia adherida a la Ley 27.348 será necesario que cuentes con un letrado patrocinante y aportes:
Escrito donde se relaten los hechos, conforme lo establecido en la Res. SRT 899/17, (firmado por el trabajador y el letrado patrocinante). Se podrá prescindir de la firma del trabajador sólo en aquellos casos en los cuales el letrado sea también apoderado y se encuentre debidamente acreditado el apoderamiento.
Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador).

Matrícula del letrado patrocinante y copia del DNI del letrado patrocinante.

IMPORTANTE: Recordá que en las provincias adheridas a la Ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación Iletrada y acreditarla en el expediente. En caso de no contar con uno, podrás solicitarlo ingresando acá. Los honorarios profesionales del abogado estarán a cargo de la ART (Art. 37 Res. SRT 298/2017).

 

 

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