Perdida o extravío del token: presentación electrónica de escritos

En los casos excepcionales donde no cuente con su certificado de firma digital, podrán realizar temporariamente sus presentaciones y trámites en soporte papel y con firma ológrafa...


Perdida o extravío del token: presentación electrónica de escritos

Poder judicial de la Provincia de Santa Fe - Corte Suprema de Justicia
Acta acuerdo nro 8 - fecha 22/03/2022

1. Proponer a la Corte Suprema de Justicia la actualización de las Pautas de funcionamiento que se acompañan, y referidas en el Considerando V, que rigen a las Mesas de Entradas Únicas Electrónicas, el inicio electrónico de demandas ante órganos jurisdiccionales sin MEU, la presentación electrónica de escritos en expedientes iniciados y en trámite, y las cédulas entre profesionales matriculados desde Autoconsulta Online; de manera tal de contemplar entre sus excepciones los supuestos donde el profesional matriculado no cuente transitoriamente con su firma digital.

2. Hacer saber a los profesionales matriculados que en los casos excepcionales donde no cuente con su certificado de firma digital, podrán realizar temporariamente sus presentaciones y trámites en soporte papel y con firma ológrafa; haciendo expresa mención y acreditando el motivo por el cual se recurre a dicha vía, e instándolo a que procure nuevamente contar con dicha herramienta.

3. Recordar a los órganos jurisdiccionales intervinientes que, en tales situaciones, deberán digitalizar las piezas presentadas.

En la parte derecha de la pantalla pueden descargar el acta completa

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Perdida o extravío del token: presentación electrónica de escritos

En los casos excepcionales donde no cuente con su certificado de firma digital, podrán realizar temporariamente sus presentaciones y trámites en soporte papel y con firma ológrafa...

Perdida o extravío del token: presentación electrónica de escritos

Poder judicial de la Provincia de Santa Fe - Corte Suprema de Justicia
Acta acuerdo nro 8 - fecha 22/03/2022

1. Proponer a la Corte Suprema de Justicia la actualización de las Pautas de funcionamiento que se acompañan, y referidas en el Considerando V, que rigen a las Mesas de Entradas Únicas Electrónicas, el inicio electrónico de demandas ante órganos jurisdiccionales sin MEU, la presentación electrónica de escritos en expedientes iniciados y en trámite, y las cédulas entre profesionales matriculados desde Autoconsulta Online; de manera tal de contemplar entre sus excepciones los supuestos donde el profesional matriculado no cuente transitoriamente con su firma digital.

2. Hacer saber a los profesionales matriculados que en los casos excepcionales donde no cuente con su certificado de firma digital, podrán realizar temporariamente sus presentaciones y trámites en soporte papel y con firma ológrafa; haciendo expresa mención y acreditando el motivo por el cual se recurre a dicha vía, e instándolo a que procure nuevamente contar con dicha herramienta.

3. Recordar a los órganos jurisdiccionales intervinientes que, en tales situaciones, deberán digitalizar las piezas presentadas.

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