Defensores/as coadyuvantes 2025 del Ministerio Público de la Defensa - Defensoría General de la Nación
En virtud del del acuerdo firmando entre la FACA y la Defensoría General de la Nación, ponemos en conocimiento la siguiente información para integrar listados de postulantes para Defensores/as coadyuvantes 2025 del Ministerio Público de la Defensa - Defensoría General de la Nación, de acuerdo con los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano argentino;
2. Tener treinta (30) años de edad;
3. Poseer Matrícula Federal
4.Contar con seis (6) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial;
5. Acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de inscripción al listado;
6. Contar con por lo menos seis (6) años de antigüedad en el título de abogado;
7. Contar con certificado de carencia de antecedentes penales con la excepción al artículo 51 del Código Penal, vigente al momento de la inscripción al listado;
8. No registrar sanciones y/o suspensiones ante el Organismo emisor de su matrícula;
9. Todo otro requisito que para el caso concreto estime pertinente el MPD.
Los interesados deberán inscribirse en la sede de los Colegios/Asociación de Abogados integrantes de la FACA debiendo suscribir al efecto el Formulario de Inscripción antes del 29 de Noviembre de 2025. El mencionado formulario y demás requisitos deberán enviarse como archivos digitales (formato PDF) a la dirección de correo electronico [email protected]
El MPD se reserva la facultad de aprobar la integración del/de los listado/s propuesto/s por la FACA.
Producida la necesidad, los postulantes integrantes del listado serán notificados por correo electrónico y/o vía telefónica debiendo confirmar la aceptación de la asignación del caso y/o de funciones.
En caso de rechazo de la designación el MPD procederá a seleccionar otro profesional del listado.
Entre el MPD y el profesional designado -por acto administrativo del/de la Defensor/a General de la Nación o de la autoridad en la que se encuentre delegada esta atribución- se suscribirá un Convenio de Honorarios, en el cual se determinará el objeto, derechos y obligaciones de las partes, condiciones particulares del servicio a prestar, plazos y cualquier otra previsión que el MPD considere oportuna, notificándose tal suscripción a la FACA.